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Las personas de Baleares que hayan realizado una aportación dineraria a la Asociación Balear de Fibrosis Quística y/o a la Fundación Respiralia, tienen una deducción autonómica en su declaración de la renta que se suma a la nacional.
Es muy importante saber que el importe de la donación solo figura en el apartado de deducciones a nivel nacional en el borrador de Hacienda, por lo que hay que ponerla también a mano en la casilla 0913 de la página 46.
Las modificaciones en materia tributaria, introducidas por la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019, especifica las condiciones de desgravación de las donaciones a entidades del tercer sector balear como la Fundación Respiralia y la Asociación Balear de Fibrosis Quística.
La Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2019, que entra en vigor el 1 de enero 2019, establece diversas modificaciones en la normativa tributaria aplicable en el ámbito de las Illes Balears.
Entre las medidas tributarias cabe destacar las siguientes:
1.- Impuesto sobre la renta de las personas físicas: modificación y creación de deducciones autonómicas del impuesto (disposición final segunda).
– Deducción por donaciones a entidades del tercer sector social (compatible con la deducción estatal aplicable a todas las entidades sin ánimo de lucro) del 25% aplicable sobre una base máxima de 150 euros, de las donaciones dinerarias que se hagan durante el período impositivo, a favor de las entidades sin ánimo de lucro a las que hace referencia la Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social, que estén inscritas en el registro correspondiente de la Consejería de Servicios Sociales y cooperación. Esta deducción tiene vigencia a partir del 31 de diciembre de 2018.